Calculadora de ISR por Venta de Auto 2026
Calcula si debes pagar impuesto al vender tu vehiculo usado en Mexico. Incluye actualizacion por INPC, depreciacion fiscal del 20% anual y exencion entre particulares. Art. 93 y 126 LISR.
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año
año
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ISR Provisional a pagar (Art. 126 LISR)
$36,000
Monto superior a 3 UMA anual — gravado Art. 93 fracc. XIX LISR
Precio de venta
$180,000
Costo deducible (ajustado)
$0
Ganancia gravable
$180,000
ISR anual estimado
$40,720
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Precio de venta | $180,000 |
| Costo de compra original | $280,000 |
| Factor INPC (2020→2026): 1.27x | $355,600 |
| Depreciacion fiscal acumulada (6 años × 20%) | ($355,600) |
| Costo deducible | $0 |
| Ganancia gravable | $180,000 |
| ISR provisional (20% ganancia, Art. 126) | $36,000 |
| ISR anual ajustado (declaracion anual) | $40,720 |
Art. 126 LISR: Cuando obtienes una ganancia por enajenacion de bienes, debes presentar un pago provisional del 20% sobre la ganancia dentro de los 15 dias siguientes a la operacion. En la declaracion anual puedes acreditar este pago provisional contra el ISR anual determinado.
Como usar esta calculadora
Ingresa el precio de venta, el precio de compra original, el año de compra y el año de venta. La calculadora determina si hay ganancia gravable, calcula el ISR provisional (20%) y estima el ISR anual.
- Tab "Calculo ISR": determina si tu venta genera ISR y cuanto debes pagar
- Tab "Actualizacion INPC": ve como se actualiza el costo de compra por inflacion
- Tab "Pagar o no pagar": entiende cuando tu venta esta exenta (Art. 93 fracc. XIX)
- Tab "Depreciacion real": compara el valor fiscal vs el valor real de mercado
Formula del ISR por venta de vehiculo
1. Costo actualizado = Precio de compra × Factor INPC
2. Depreciacion actualizada = (Precio compra × 20% × años) × Factor INPC
(maximo 100% — no puede depreciarse mas que el costo total)
3. Costo deducible = Costo actualizado - Depreciacion actualizada
4. Ganancia gravable = Precio de venta - Costo deducible
(si es negativo = perdida, no se paga ISR)
5. ISR provisional = Ganancia gravable × 20%
(Art. 126 LISR — pago en los 15 dias siguientes a la venta)
6. En declaracion anual: acreditar el pago provisional contra ISR anual
ISR anual = ISR(ingreso anual + ganancia) - ISR(ingreso anual sin ganancia)
Exencion Art. 93 fraccion XIX LISR
Las ventas de bienes muebles entre particulares estan exentas de ISR cuando el precio de venta no supera 3 veces la UMA anual (~$123,889 en 2026). Si el precio supera este umbral, toda la ganancia es gravable (no solo el excedente).
Ejemplo practico
Auto comprado en 2019 y vendido en 2026
Precio de compra (2019)$350,000
Precio de venta (2026)$180,000
Años de antiguedad7 años
Factor INPC 20191.34x
Costo actualizado$469,000
Depreciacion (7×20% = 100%)$469,000
Costo deducible$0
Ganancia gravable$180,000
Venta entre particulares$180,000 > $123,889 → GRAVADO
ISR provisional (20%) $36,000
Diferencia entre ISAN e ISR por venta de auto
| Aspecto | ISAN | ISR por venta de auto |
|---|---|---|
| Que grava | Adquisicion de autos nuevos | Ganancia al vender vehiculo usado |
| Quien paga | El comprador del auto nuevo | El vendedor del vehiculo |
| Base gravable | Precio del auto nuevo | Precio venta - costo deducible |
| Tasa | 0.5% a 17% segun valor | 20% provisional / tabla anual |
| Ley | Ley Federal del ISAN | Art. 93 fracc. XIX y Art. 126 LISR |
| Exencion | Autos hasta $175,000 (variable) | Venta ≤ 3 UMA anual (~$123,889) |
Preguntas frecuentes
No. Si vendes tu auto entre particulares (sin factura) y el precio es menor a $123,889 (3 UMA anual en 2026), la venta esta exenta de ISR segun el Art. 93 fraccion XIX de la LISR. Adicionalmente, si el costo deducible (precio de compra actualizado menos depreciacion) supera el precio de venta, no hay ganancia y por tanto no hay ISR.
Si vendes el auto por mas del costo deducible (costo actualizado menos depreciacion fiscal), tienes una ganancia gravable. Debes presentar un pago provisional del 20% sobre esa ganancia dentro de los 15 dias siguientes a la operacion. En tu declaracion anual (abril del siguiente año) ajustas ese pago segun tu tasa efectiva anual. Puedes recuperar parte si tu tasa anual es menor al 20%.
Si la venta se realiza con CFDI (factura), la operacion es siempre gravable sin importar el monto. El comprador puede deducir el auto si lo usa para su negocio. Si es venta entre particulares sin factura y el monto es menor a $123,889, esta exenta. Muchos compradores solicitan factura para deducir el auto, lo que puede implicarte ISR aunque el monto sea pequeno. Evalua esto antes de aceptar facturar.
Si, el SAT tiene varios mecanismos: el tramite de cambio de propietario en la plataforma vehicular deja registro, los pagos electronico (transferencias, tarjetas) mayores a $50,000 son reportados por los bancos, y en estados como CDMX el tenedor y emplacamiento dejan registros. Para ventas menores a $123,889 en efectivo entre particulares la fiscalizacion es baja, pero para montos mayores el riesgo de auditoria aumenta significativamente.