Calculadora de Intereses Moratorios 2026
Calcula la mora bancaria (limite CONDUSEF), los recargos fiscales del SAT (1.47% mensual + actualizacion INPC) y los salarios caidos laborales (Art. 48 LFT). Tres tipos de intereses moratorios en un solo lugar.
| Capital adeudado | $50,000.00 |
| Interes moratorio (60% anual x 90 dias) | $7,397.26 |
| Total a pagar | $57,397.26 |
| Interes diario promedio | $82.19 |
Como usar esta calculadora
Selecciona el tipo de mora que deseas calcular: bancaria (deudas con bancos o financieras), fiscal (adeudos con el SAT) o laboral (salarios caidos por despido injustificado). Cada tab tiene sus propios parametros y base legal.
- Mora bancaria: ingresa el capital adeudado, la tasa moratoria que especifica tu contrato y los dias en mora
- Mora fiscal: ingresa la contribucion omitida y los meses transcurridos desde el vencimiento
- Mora laboral: ingresa el salario mensual y los dias transcurridos desde el despido injustificado
- Revisa el desglose detallado y las referencias legales para cada tipo
Formulas de calculo
Ejemplo practico: mora bancaria
Tarjeta de credito con saldo de $30,000 en mora 60 dias
Ejemplo: mora fiscal SAT
ISR omitido de $100,000 por 6 meses
Tipos de intereses moratorios en Mexico
1. Mora bancaria
Los intereses moratorios bancarios son los que cobran las instituciones financieras cuando no pagas en tiempo. La CONDUSEF establece que la tasa moratoria no puede exceder 1.5 veces el CAT promedio del mercado para productos similares. Esto aplica a tarjetas de credito, creditos personales, creditos automotrices e hipotecas.
La tasa moratoria debe estar expresamente pactada en el contrato. Si no lo esta, se aplica el interes legal (9% anual segun el Codigo Civil Federal). La LGTOC (Ley General de Titulos y Operaciones de Credito) regula el calculo en el Art. 174.
2. Mora fiscal (recargos SAT)
Cuando no pagas contribuciones federales en tiempo, el SAT aplica recargos al 1.47% mensual (tasa vigente 2026 publicada en el DOF). Adicionalmente, el adeudo se actualiza conforme al INPC para mantener su valor real. Si hay una infraccion fiscal, tambien se generan multas del 55% al 75% del adeudo original (Art. 76 CFF).
Los contribuyentes que se autocorrigen antes de que el SAT inicie facultades de comprobacion pueden obtener reduccion de multas del 100% (Art. 73 CFF) o descuentos significativos.
3. Mora laboral (salarios caidos)
El Art. 48 LFT establece que el patron que despide injustificadamente debe pagar los salarios caidos. La reforma de 2012 limito este pago a 12 meses. Si el proceso laboral se extiende mas alla de 12 meses, el trabajador recibe intereses al 2% mensual calculados sobre 15 meses de salario como compensacion.
Esta reforma fue controversial porque anteriormenete los salarios caidos corrían hasta que se dictara el laudo, lo que podia ser varios anos. Ahora el tope en meses los empleadores tiene claridad sobre el pasivo maximo.